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Requisitos de los Centros de Formación - Disponer, al menos, del siguiente material didáctico

Requisitos de los Centros de Formación - Disponer, al menos, del siguiente material didáctico

a) Películas, transparencias, láminas murales, paneles, maquetas u otros elementos que resulten adecuados para la enseñanza de la normativa reguladora de la circulación y el transporte, su documentación, señales, marcas y distintivos; la adecuada realización de las operaciones de carga y descarga, maniobras, etc., de los vehículos; la salud y el comportamiento adecuado durante el transporte y en casos de emergencia, y la regulación y cumplimiento de las normas reguladoras en materia de tiempos de trabajo, conducción y descanso en el transporte por carretera.

b) El equipo necesario para proyectar, en su caso, eficazmente el material a que se refiere el apartado anterior.

c) Un maniquí de reanimación cardio-pulmonar básica para adultos que permita la subluxación mandibular, la ventilación boca a boca y boca a nariz, el masaje cardiaco externo y la valoración del pulso carotídeo, con su correspondiente sistema de registro de las técnicas elementales, en las debidas condiciones de funcionamiento e higiene para ser utilizado en la enseñaza y prácticas de los primeros auxilios.

d) Aparatos tacógrafos analógico y digital, o bien sistemas o programas de simulación de estos equipos de control, que permitan su utilización, de manera física o virtual, por los alumnos.

e) Modelos de la documentación de transporte por carretera que debe ir a bordo del vehículo.

f) Un modelo de carta de porte.

g) Una colección actualizada de la legislación sobre ordenación del transporte por carretera y sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, así como de la normativa europea aplicable a dichas materias. Dicho material se acreditará mediante la presentación de :

- Una Declaración Responsable de disponibilidad de dicho material.
- Cuando el centro no disponga de maniquí de reanimación, presentará justificante de haber concertado la realización de las prácticas que impliquen el uso de dicho maniquí con algún organismo, empresa o entidad que sí disponga de él.