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Presentación

Presentación

La Orden 2/2021, de 16 de marzo, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se desarrolla el Decreto 177/2020, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, atribuye a la Unidad de Igualdad, integrada en el Gabinete Técnico, las siguientes funciones:

  1. Velar por la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres.
  2. Realizar el seguimiento, evaluación y desarrollo del grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de igualdad de mujeres y hombres.
  3. Asesorar en la elaboración de informes sobre impacto por razón de género.
  4. Supervisar y proponer medidas para la incorporación de la perspectiva de género en cualquier actuación que se lleve a cabo en el ámbito de las competencias de la Conselleria, así como analizar los resultados que su realización ha tenido respecto a la igualdad.
  5. Fomentar y asegurar el uso de lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos e informes elaborados en la Conselleria
  6. Asistir técnicamente en la elaboración de la publicidad institucional promovida desde la Conselleria de forma que esta transmita valores positivos e igualitarios, evitando estereotipos de género
  7. Supervisar y proponer medidas para la incorporación de la perspectiva de género en la elaboración de los presupuestos.
  8. Pedir la información estadística generada por la actividad de la Conselleria y asesorar en relación con su elaboración, además de realizar el análisis, seguimiento y control, desde la perspectiva de género, de las estadísticas oficiales relacionadas con su ámbito competencial.
  9. Promover la elaboración de estudios de investigación e informes técnicos de diagnóstico de la situación de las mujeres en relación con las áreas de actividad del departamento, con el fin de detectar y corregir posibles situaciones de desigualdad entre mujeres y hombres.
  10. Asesorar en la elaboración de los planes de igualdad previstos en la normativa de función pública valenciana, colaborar en su evaluación y proponer la adopción de medidas correctoras.
  11. Impulsar la formación y sensibilización del personal de su departamento en relación al alcance y significado del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, por medio de la formulación de propuestas de acciones formativas a la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres.
  12. Promover e impulsar el desarrollo de medidas de corresponsabilidad y conciliación de la vida personal, laboral y familiar que se adoptan desde la Conselleria con competencias en función pública.
  13. Impulsar y proponer medidas específicas dirigidas a corregir situaciones de desigualdad social que afectan especialmente a mujeres en exclusión social, víctimas de violencia o que sufren discriminación múltiple.

La Unidad de Igualdad nace con el propósito de la imprescindible transversalidad que tiene que impregnar las actuaciones de la conselleria para que la igualdad de mujeres y hombres sea real y efectiva.

Velar, impulsar, asesorar, supervisar, evaluar, son los verbos que tenemos que conjugar entre todas y todos.